Caracas, 17 de octubre de 2007.- El representante jurídico de Primero Justicia José Manuel Hernández acudió ante el Tribunal Supremo de Justicia a recusar a la magistrada y presidenta del organismo Luisa Estela Morales a quien considera que es juez y parte en la interpretación del artículo 344 y se inhiba de conocer este caso.
Dijo Hernández que Primero Justicia había acudido a la Asamblea Nacional y a otras instancias para solicitar la activación del artículo 344 que permite la recolección de firmas para solicitar una consulta popular y que tal solicitud no fue considerada “Y nos tiraron la puerta en la cara”, dijo.
También fueron al CNE y ocurrió lo mismo, por lo que acudieron al TSJ e introdujeron un recurso para la interpretación del mismo artículo y la ponente es la magistrada Luisa Estela Morales, “quien precisamente fue designada por el presidente de la República mediante el decreto 5.138 de fecha 17 de enero de 2007 Secretaria Ejecutiva de la Comisión Presidencial para la reforma constitucional, de la manera que la magistrada Morales es juez y parte y por ello la estamos recusando, pues consideramos que no puede ser imparcial”.
Para Hernández la activación del artículo 344 es vital para la democracia “es lo que le permitirá a los venezolanos votar por los artículos o grupos de artículos según su apoyo a esa reforma constitucional”, señaló.
Dijo Hernández que Primero Justicia había acudido a la Asamblea Nacional y a otras instancias para solicitar la activación del artículo 344 que permite la recolección de firmas para solicitar una consulta popular y que tal solicitud no fue considerada “Y nos tiraron la puerta en la cara”, dijo.
También fueron al CNE y ocurrió lo mismo, por lo que acudieron al TSJ e introdujeron un recurso para la interpretación del mismo artículo y la ponente es la magistrada Luisa Estela Morales, “quien precisamente fue designada por el presidente de la República mediante el decreto 5.138 de fecha 17 de enero de 2007 Secretaria Ejecutiva de la Comisión Presidencial para la reforma constitucional, de la manera que la magistrada Morales es juez y parte y por ello la estamos recusando, pues consideramos que no puede ser imparcial”.
Para Hernández la activación del artículo 344 es vital para la democracia “es lo que le permitirá a los venezolanos votar por los artículos o grupos de artículos según su apoyo a esa reforma constitucional”, señaló.